Nota Técnica · Service Packs
CONTPAQi Factura Electrónica® 14.1.0
Introducción
En este documento encontrarás información referente a la liberación de los Service Packs para CONTPAQi Factura Electrónica® 14.1.0.
Instalación del Service Pack
Ayuda → Actualizaciones → Actualización de Service Packs
Opción B — Instalación manual
- Realizar un respaldo de la empresa antes de instalar.
- Tener instalada la versión CONTPAQi Factura Electrónica® 14.1.0.
- En instalaciones en red: el Service Pack debe ejecutarse primero en el servidor y después en las terminales.
- El sistema debe estar cerrado durante la ejecución del Service Pack.
Service Pack 1 — Contenido
Al instalar este Service Pack se resuelve la siguiente situación:
Convivencia: Complemento Carta Porte + Concepto HYP
NOVEDAD En esta versión es posible generar y timbrar documentos de tipo Ingreso que incluyan tanto el complemento Carta Porte 3.1 como el complemento Concepto de Hidrocarburos y Petrolíferos v1.0.
Introducción y obligatoriedad
A partir del 24 de abril de 2026, el SAT obliga a integrar el Complemento Concepto de Hidrocarburos y Petrolíferos (versión 1.0) en el CFDI, el cual puede convivir obligatoriamente con el Complemento Carta Porte 3.1 para el transporte de combustibles.
Esta sinergia busca controlar la trazabilidad y legal procedencia del combustible, validando en tiempo real los permisos de la CNE/CRE al timbrar.
Puntos clave de la convivencia 2026
- Obligatoriedad conjunta: Al transportar gasolina, diésel u otros petrolíferos, el CFDI debe llevar ambos complementos simultáneamente:
- Complemento Carta Porte 3.1 (autotransporte federal o local con tramo federal).
- Complemento Concepto de Hidrocarburos (a nivel de cada concepto de combustible en el CFDI).
- Validación en tiempo real (LSN): El SAT valida que el RFC del emisor coincida con la lista de permisos vigentes de la CNE. Si el permiso no está vigente o los productos no corresponden, el CFDI no se podrá timbrar.
- Alcance: Aplica a enajenación de gasolina regular, premium y diésel, incluyendo transporte por medios propios o contratados (tipo ingreso).
La falta del complemento HYP puede derivar en:
- No deducción del gasto de combustible.
- Multas de $17,000 a $97,000 MXN para personas morales.
Marco Legal
Regla 2.7.7.2.4 — Emisión de CFDI con Carta Porte para hidrocarburos y petrolíferos
Para los sujetos que realicen el traslado de hidrocarburos o petrolíferos por medios propios y distintos a ducto, al amparo de un permiso de la SENER o la CNE:
- Si el traslado es por medios propios sin transitar por jurisdicción federal → deben emitir un CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.
- Si se contratan servicios de transporte → el transportista debe emitir un CFDI de tipo Ingreso con Complemento Carta Porte.
Apéndice 9 — CFDI de tipo ingreso con Carta Porte
Para trasladar hidrocarburos y petrolíferos se debe contar con el CFDI (factura) que ampare la prestación del servicio e incorporar:
- Complemento Carta Porte
- Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos (cuando se encuentre publicado en el Portal del SAT)
También se puede amparar el traslado de bienes de procedencia extranjera en transporte internacional con un CFDI de tipo Ingreso con Complemento Carta Porte, registrando el número de documento aduanero.
- Portal SAT — Complementos concepto: sat.gob.mx/portal/public/tramites/complementos-de-factura
- Instructivo Complemento Carta Porte Autotransporte 3.1 (SAT)
Configuración paso a paso — Escenario práctico
En el catálogo de clientes → pestaña 5. Complemento → asigna el complemento Concepto de Hidrocarburos y Petrolíferos.
En el catálogo de Servicios, configura el servicio de flete o envío y asigna su Clave SAT correspondiente. Para documentos tipo Ingreso, debes usar alguna de las claves de servicio SAT válidas para Carta Porte (ej. 78101500 a 78102205).
Comprobante:TipoDeComprobante sea "I" (Ingreso), debes usar alguna de las siguientes Claves SAT de servicio para evitar rechazos en el timbrado:
| Claves SAT válidas para tipo Ingreso con Carta Porte | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| 78101500 | 78101501 | 78101502 | 78101503 | 78101600 | 78101601 | 78101602 |
| 78101603 | 78101604 | 78101700 | 78101701 | 78101702 | 78101703 | 78101704 |
| 78101705 | 78101706 | 78101800 | 78101801 | 78101802 | 78101803 | 78101804 |
| 78101806 | 78101807 | 78101900 | 78101901 | 78101902 | 78101903 | 78101904 |
| 78101905 | 78102200 | 78102201 | 78102203 | 78102204 | 78102205 | 78121603 |
| 78141500 | 78141501 | 84121806 | 92121800 | 92121801 | 92121802 | — |
En el catálogo de Productos, genera el producto y elige la Clave SAT: 15101514 (Gasolina regular menor a 91 octanos). En la pestaña 5. Complemento, asigna el complemento HYP y captura la información requerida (tipo permiso, número permiso CNE, clave HYP, subproducto).
Configura el concepto con la nueva Plantilla de Formato Amigable:
Formato_HidroYPetro.htm. Considera configurar los impuestos correspondientes.
Selecciona al cliente con el complemento HYP asignado. Captura los movimientos: Servicio de flete y el Producto de combustible.
Haz clic en el botón Adicionales y captura la información del complemento Carta Porte:
- Generales y Medios de Transporte
- Ubicaciones (origen y destino con datos obligatorios)
- Mercancías: asigna la unidad en Litros y haz clic en Definir mercancías. Busca el movimiento del combustible, llena los datos faltantes y guarda.
Guarda el documento y posteriormente tímbralo. En el XML resultante se mostrarán los nodos correspondientes a ambos complementos: Carta Porte 3.1 y Concepto Hidrocarburos y Petrolíferos.
Consideraciones importantes
- Adecuar alguno de los formatos existentes incorporando las etiquetas disponibles de ambos complementos.
- O generar una Plantilla de Formato Digital personalizada que incluya las etiquetas tanto de Carta Porte como de HYP según tus necesidades.